miércoles, 26 de junio de 2019

SOBRE PERÍODO DE ORIENTACIÓN/APOYO Y COMISIONES EVALUADORAS

ESTIMADA FAMILIA:

Se informa sobre la reglamentación determinada por la Res. 587/11, para aquellos alumnos que no hubieren cumplido con los requisitos de aprobación:

V. LOS PERÍODOS DE ORIENTACIÓN Y APOYO

15 - Los estudiantes que al finalizar el tercer trimestre, no hubieren cumplido con los requisitos para la aprobación, deberán concurrir a un periodo de orientación y apoyo para cada materia desaprobada, durante la última semana de clases.

VI. LA COMISIÓN EVALUADORA

17- Los estudiantes que no hubieren acreditado sus aprendizajes según lo estipulado en este Régimen Académico deberán presentarse ante Comisiones Evaluadoras.

18- Las instancias de evaluación, establecidas por Calendario de Actividades Docentes, serán:

a) Primera instancia: Se conforma a partir del último día de clases y hasta el 30 de diciembre.
b) Segunda instancia: Se conforma en los meses de febrero -marzo

19 - COMISION EVALUADORA ADICIONAL: Para los estudiantes que al momento del inicio del ciclo escolar, después de las Comisiones. Evaluadoras correspondientes al segundo periodo adeuden materias/talleres/módulos y no hayan promovido al año inmediato superior, podrán solicitar, en una sola y única de ellas, una Comisión Evaluadora Adicional, según los criterios establecidos en el anexo específico para cada orientación y/o modalidad, la que se conformara una vez finalizado el periodo de febrero/marzo, dentro de las dos semanas siguientes.

El alumno/a deberá reunir las siguientes condiciones:

A. Haberse presentado ante las Comisiones Evaluadoras de las materias/talleres/módulos adeudadas en los turnos de evaluación de diciembre y febrero -marzo.
B. Finalizado el periodo de febrero - marzo, presentar una solicitud de conformación de Comisión Evaluadora Adicional en las materias/talleres/módulos adeudadas ante la Dirección del establecimiento firmada por el adulto responsable y/o el estudiante mayor. La misma será archivada en el legajo del estudiante.

 20- Los estudiantes que estén en condiciones de acceder a la Comisión Evaluadora Adicional deberán concurrir a clase, matriculados en el año no promovido. En caso de aprobar la materia/taller/módulo, el estudiante promoverá al año inmediato superior en el curso/turno en el que le hubiese correspondido ser matriculado en caso de haber promovido al finalizar los períodos ordinarios de las Comisiones Evaluadoras. El Equipo Directivo junto a los respectivos profesores elaborará un plan especial de enseñanza que corresponda a las clases en las que el estudiante permaneció en el curso inmediato anterior.(Anexo 4)

Específicamente para las Escuelas Técnica la normativa vigente expresa lo siguiente:

Los estudiantes que al momento del inicio del ciclo escolar, después de las Comisiones Evaluadoras correspondientes al segundo período, adeuden tres (3) materias y/o dos (2) talleres y/o módulos, podrán solicitar una nueva Comisión Evaluadora en una de las materias y/o uno de los talleres/módulos, la/s que se conformarán dentro de las dos (2) semanas siguientes luego de finalizado el período de febrero/marzo. (Anexo 7)

Ensenada, 26/06/2019

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