ESTIMADA FAMILIA:
Se informa sobre la reglamentación determinada por la Res.
587/11, para aquellos alumnos que no hubieren cumplido con los requisitos de
aprobación:
V. LOS PERÍODOS DE ORIENTACIÓN Y
APOYO
15 - Los estudiantes que
al finalizar el tercer trimestre, no hubieren cumplido con los requisitos para
la aprobación, deberán concurrir a un periodo de orientación y apoyo para cada
materia desaprobada, durante la última semana de clases.
VI. LA COMISIÓN EVALUADORA
17- Los
estudiantes que no hubieren acreditado sus aprendizajes según lo estipulado en
este Régimen Académico deberán presentarse ante Comisiones Evaluadoras.
18- Las
instancias de evaluación, establecidas por Calendario de Actividades Docentes,
serán:
a) Primera instancia: Se conforma a partir del
último día de clases y hasta el 30 de diciembre.
b) Segunda instancia: Se conforma en los meses de
febrero -marzo
19 - COMISION
EVALUADORA ADICIONAL: Para los estudiantes que
al momento del inicio del ciclo escolar, después de las Comisiones. Evaluadoras
correspondientes al segundo periodo adeuden materias/talleres/módulos y no
hayan promovido al año inmediato superior, podrán solicitar, en una sola y
única de ellas, una Comisión Evaluadora Adicional, según los criterios
establecidos en el anexo específico para cada orientación y/o modalidad,
la que se conformara una vez finalizado el periodo de febrero/marzo, dentro de
las dos semanas siguientes.
El
alumno/a deberá reunir las siguientes condiciones:
A. Haberse presentado ante las Comisiones
Evaluadoras de las materias/talleres/módulos adeudadas en los turnos de
evaluación de diciembre y febrero -marzo.
B. Finalizado el periodo de febrero - marzo, presentar
una solicitud de conformación de Comisión Evaluadora Adicional en las
materias/talleres/módulos adeudadas ante la Dirección del establecimiento
firmada por el adulto responsable y/o el estudiante mayor. La
misma será archivada en el legajo del estudiante.
20- Los estudiantes
que estén en condiciones de acceder a la Comisión Evaluadora Adicional deberán
concurrir a clase, matriculados en el año no promovido. En caso de aprobar la
materia/taller/módulo, el estudiante promoverá al año inmediato superior en el curso/turno
en el que le hubiese correspondido ser matriculado en caso de haber promovido
al finalizar los períodos ordinarios de las Comisiones Evaluadoras. El Equipo Directivo
junto a los respectivos profesores elaborará un plan especial de enseñanza que
corresponda a las clases en las que el estudiante permaneció en el curso
inmediato anterior.(Anexo 4)
Específicamente para las Escuelas
Técnica la normativa vigente expresa lo siguiente:
Los estudiantes que
al momento del inicio del ciclo escolar, después de las Comisiones Evaluadoras
correspondientes al segundo período, adeuden tres (3) materias y/o dos
(2) talleres y/o módulos, podrán solicitar una nueva Comisión Evaluadora en una
de las materias y/o uno de los talleres/módulos, la/s que se conformarán dentro
de las dos (2) semanas siguientes luego de finalizado el período de
febrero/marzo. (Anexo 7)
Ensenada, 26/06/2019