jueves, 24 de octubre de 2019

EN NOVIEMBRE HAY EVALUACIÓN INTEGRADORA

Se informa a las familias que por lo establecido en el Régimen Académico, Resolución Nº 587/11, ANEXO 4 punto VIII (y su modificación por Res. 1480/11), en las Escuelas Secundarias de la Provincia de Buenos Aires deberá aplicarse la “Evaluación Integradora” de determinadas materias acordadas por el Nivel y las Modalidades, en el Ciclo Básico y en el Ciclo Superior de la enseñanza secundaria.

La mismas se realizarán entre el 04 y 30 de noviembre. 
Se trascribe el apartado específico de la Resolución citada:

VIII - LA EVALUACION INTEGRADORA DE MATERIA (Res 587/11 – Anexo 4 – Modif. Res 1480/11)
La Subsecretaria de Educación podrá elaborar una o más evaluaciones integradoras con carácter provincial, informando fehacientemente a comienzos del ciclo lectivo la decisión adoptada sobre este punta y las materias que correspondan.

II.- Materias a evaluar
34- Las evaluaciones integradoras de materia deberán basarse en las prescripciones curriculares vigentes y contenidos desarrollados durante el año, considerando las estrategias y objetivos de enseñanza utilizadas y elaboradas por los docentes de las respectivas materias.
35- Las materias a evaluar serán dos (2) para cada año del ciclo básico y tres (3) para cada año del ciclo superior y su elección será determinada anualmente por Disposición de cada Dirección Provincial competente.
36- Las evaluaciones integradoras de materias se llevaran a cabo en las semanas previas al periodo de apoyo de diciembre, durante el mes de noviembre.
II) Las calificaciones

37- Las calificaciones de las evaluaciones integradoras de materia serán numéricas, según una escala de uno (1) a diez (10) puntos y se expresarán en números naturales.
38- La calificación de la evaluación integradora deberá promediarse con la calificación que surja de las notas del tercer trimestre.

III) Características de la Evaluación Integradora de Materias

  Tipo: escrita y/o práctica, a cargo del docente de la materia.
Criterios de Evaluación: a determinar por los Departamentos de Integración Curricular/Jefaturas de Área en el marco de los acuerdos de evaluación establecidos a nivel institucional, en congruencia con el diseño curricular de cada materia.

39- Se dispondrá de una nueva instancia de evaluación para los estudiantes que hubieren estado ausentes (con constancia de inasistencia fehacientemente justificada)”.

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